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NUEVAS DEDUCCIONES FISCALES EN TUS DONACIONES

Si estás leyendo este post, está claro que te preocupa lo que les ocurre a otras personas, aquellas que se encuentran en situación de vulnerabilidad o exclusión social.

Aunque esa generosidad nace de un deseo genuino de ayudar, sin esperar nada a cambio, hoy celebramos que ayudar cuesta muy poco y que las modificaciones en la Ley de Mecenazgo apuntalan las desgravaciones en vigor hasta este año.

 

 

Desde este mes de enero

Desde el 1 de enero de 2024, los donativos que realices a Cáritas tienen unas deducciones fiscales que con la nueva ley de mecenazgo son aun más ventajosas *.

Si eres una persona física que hace la declaración de la renta:

  • Te deduces un 80 % de los primeros 250 euros donados, es decir, 200 euros.
  • A partir de esa cantidad, deducirás un 40 %.
  • Además, si los dos años anteriores donaste al menos la misma cantidad, la deducción sube al 45 %.

Si eres una empresa corresponsable y solidaria, estas son las deducciones en el Impuesto de Sociedades:

  • Un 40 % de tus donaciones.
  • Si en los dos años anteriores donaste al menos la misma cantidad, sube al 50 %.

* RDL 6/2023 (Real Decreto-Ley 6/2023, de 19 de diciembre por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo) publicado el pasado 20 de diciembre, incorpora modificaciones importantes en la vigente Ley 49/2002 de Mecenazgo.